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¿ QUE VALOR ECONOMICO PODEMOS ESTIMAR ?

 

A través de un avalúo o dictamen se puede conocer el valor económico de:

 

  • El valor económico de los bienes muebles e inmuebles por los que se pretenda transmitir derechos de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro derecho real, mediante contratos de compraventa, donación, comodato, permuta, aportación, afectación, arrendamiento financiero, enajenación a título gratuito y oneroso o cualquier otro acto jurídico permitido por la Ley.
  • El valor económico del patrimonio de las unidades económicas agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios que por cualquier concepto de adquisición, enajenación, permuta o cualquier otro acto jurídico permitido por la Ley.
  • El monto de la indemnización por la expropiación, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, muebles, acciones, partes sociales o derechos que decrete el Ejecutivo Federal o Estatal tratándose tanto de propiedades privadas como de inmuebles sujetos al régimen ejidal o comunal.
  • El monto de la compensación o indemnización que, para la constitución de servidumbres, voluntarias o legales, habrá de pagarse a los propietarios de los terrenos colindantes, si éstos son los dominantes.
  • El monto de la indemnización en los casos en que decrete el Ejecutivo Federal o Estatal rescate concesiones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación o de los Estados.
  • El valor económico de los bienes muebles e inmuebles o monto de las contraprestaciones por su uso, aprovechamiento o explotación o cualquier otro acto jurídico permitido por la Ley.
  • El valor económico de los bienes muebles e inmuebles objeto de dación en pago de créditos fiscales, cuotas obrero-patronales y de adeudos de carácter mercantil o civil y el monto de los mismos si se enajenan para cobrar dichos créditos.
  • El valor económico de los bienes muebles, inmuebles y demás bienes que forman parte del patrimonio de las personas físicas o morales que sean objeto de garantía,
  • El valor económico de los bienes muebles, inmuebles y demás bienes que forman parte del patrimonio de las personas físicas o morales que sean objeto de garantía, de aseguramiento o decomiso por haber sido instrumento, medio, objeto o producto de un delito, cuando se vayan a enajenar.
  • El valor económico de los bienes muebles, inmuebles y demás bienes que forman parte del patrimonio de las personas físicas o morales cuando éstas lo soliciten para efectos de actualización de valores de sus inventarios con fines contables o para la reexpresión de sus estados financieros;
  • El valor de los bienes muebles usados que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades pretendan adquirir mediante el procedimiento de invitación a  cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa.
  • El monto de la indemnización que se deba cubrir en concepto de daños y perjuicios a las personas afectadas en sus bienes, propiedades, posesiones y derechos por actos de autoridad, cuando medie resolución que ordene la restitución en su favor y ésta sea física o jurídicamente imposible.
  • El monto de la Indemnización como pago en especie por las expropiaciones y afectaciones.
  • El valor económico de una marca notoria de acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial.
  • Los demás valores cuya estimación se encuentra establecidas en ordenamientos jurídicos y
  • Todo tipo de trabajos valuatorios a nivel de consultoría.

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