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ESQUEMAS CORPORATIVOS PARA SOCIEDADES MERCANTILES Y DEMAS PERSONAS MORALES QUE DEBAN INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO

 

 

Contamos con el conocimiento y la experiencia en la implementación de esquemas corporativos para Sociedades Mercantiles y demas Personas Morales que deban inscribirse en el Registro Público de Comercio.

 

 

Brindamos asesoría jurídica especializada en la implementación de esquemas corporativos en la constitución, operación y administración interna de las empresas y demás personas morales que deban inscribirse en el Registro Público de Comercio conforme a su naturaleza y necesidades, incluyendo sus estatutos sociales, órganos de administración y vigilancia, protección de los derechos de las minorías, fusión, escisión, disolución, liquidación, extinción y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, llevar libros de asambleas de accionistas, de juntas de consejo de administración, de registro de accionistas y de variaciones de capital social, entre otros así como en la implementación de esquemas de negociación de convenios relacionados con las operaciones normales y extraordinarios de la empresa como son, entre otros los siguientes:

 

  • La constitución de cualquier especie de sociedad mercantil.
  • La modificación de los estatutos sociales de las sociedades mercantiles.
  • La transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de las sociedades mercantiles.
  • Los aumentos y disminuciones del capital social fijo y variable de las sociedades mercantiles.
  • Actas de asambleas de accionistas relativas a la designación de sus representantes orgánicos (consejo de administración, administrador único, gerentes, comisario y liquidador) y las atribuciones y facultades de representación legal de que estén investidos.
  • El otorgamiento de facultades inherentes a su cargo.
  • Actas de asambleas de accionistas y juntas de consejo de administración relacionadas con la modificación o revocación de los nombramientos y facultades de representación legal de los funcionarios de las sociedades mercantiles y de sus facultades inherentes a sus cargos.
  • Actas de asambleas de accionistas referentes a cualquiera de los asuntos que se traten en asamblea ordinaria y extraordinaria.
  • La venta de acciones términos del artículo 120 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La notificación de cualquier resolución del Órgano Administrador.
  • Las certificaciones del Libro de Registro de Acciones para efectos del artículo 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La petición de los accionistas que representen el 33% del capital social en términos del artículo 184 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La petición del titular de una sola acción en términos del artículo 185 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La amortización de acciones en términos de la fracción III del artículo 136 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La solicitud de cualquier accionista para separarse de la sociedad en términos del artículo 206 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • El retiro parcial o total de aportaciones de un socio en términos del artículo 220 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • Los contratos de compraventa de acciones.

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