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AVISO
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EL CORREDOR PÚBLICO
Es un particular con habilitación legalmente expedida por la Secretaría de Economía y publicada en el Diario Oficial de la Federación, en términos de la Ley Federal de Correduría y su Reglamento investido de fe pública y autorizado para ejercer las funciones de fedatario público, perito valuador, asesor jurídico, arbitro, agente mediador, y las demás funciones que le señale la Ley Federal de Correduría Pública y otras leyes o reglamentos.
La función básica del Corredor Público es garantizar la seguridad y certeza jurídicas, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios.
COBERTURA DE NUESTROS SERVICIOS
Nuestros servicios de perito valuador, asesor jurídico, arbitro, agente mediador son en todo el territorio nacional. Cuando se trate de fe pública únicamente dentro de la Ciudad de México, CIUDAD DE MEXICO, pero los contratos, convenios, actos o hechos jurídicos en asuntos de tráfico mercantil que se celebren ante nuestra fe pública podrán referirse a cualquier lugar.
Fujiyama No. 72 Col. Las Aguilas, Del. Alvaro Obregón C.P.01710, Ciudad de México.
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